En noviembre opte por difierir el IVA

Régimen de diferimiento. Si su empresa realiza importaciones y presenta sus declaraciones de forma mensual, recuerde que durante este mes de noviembre puede optar por que el año próximo le sea aplicable el denominado “Régimen de diferimiento del IVA”.

Declaraciones periódicas. Dicho régimen le permitirá satisfacer el IVA de importación a través de las declaraciones periódicas de IVA, en lugar de hacerlo a través del modelo 031 (modelo mediante el que se liquida el IVA, los aranceles y los impuestos especiales aplicables tras retirar las mercancías en la aduana).

Ahorro financiero. Gracias a ello, su empresa evitará tener que avanzar el pago del IVA a la importación a su agente de aduanas (que es quien se encarga de liquidar el modelo 031), para más tarde deducírselo en sus declaraciones de IVA. Apunte. Con el régimen de diferimiento podrá declararlo y deducírselo al mismo tiempo, al presentar su declaración periódica, evitando así costes financieros.

Si declara el IVA mensualmente, en noviembre opte por el régimen de diferimiento del IVA. Así liquidará el IVA de importación a través de las declaraciones periódicas de IVA y no tendrá que avanzar su pago.